En este apartado se recoge la información relativa a la protección y prestaciones para huérfanos APHGC, así como los criterios y requisitos aplicables para el acceso a los beneficios que ofrece la Asociación.

Tendrán la consideración de huérfanos protegidos por la APHGC los hijos de aquellas personas que, en el momento de su fallecimiento, fueran socios de número, forzosos o voluntarios, quedando sujetos al grado de protección que corresponda en cada caso conforme a la normativa vigente.

La protección por orfandad se extenderá, con carácter general, hasta que el huérfano cumpla 24 años de edad. No obstante, cuando así se establezca expresamente en las Normas de la Asociación, y siempre que el fallecimiento del causante se haya producido antes de que el huérfano alcanzara dicha edad, determinadas prestaciones podrán ampliarse a huérfanos de mayor edad.

Para poder acceder y mantener los beneficios y ayudas de la APHGC, será necesario que el huérfano siga un adecuado desarrollo personal, formativo y social, de acuerdo con los principios y objetivos de la Asociación.

Supuestos especiales de protección

De forma excepcional, y previa valoración del Consejo de Gobierno y Administración de la APHGC, podrán ser considerados huérfanos protegidos aquellos menores que hayan quedado en situación de orfandad como consecuencia de crímenes de violencia doméstica, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

  • Existencia de una relación sentimental entre la víctima y el agresor o agresora.

  • Que la persona agresora fuera socia de la APHGC.

  • Pérdida acreditada de la patria potestad.

  • Filiación parental debidamente acreditada de los descendientes.

En estos casos, el Consejo de Gobierno y Administración determinará de forma individualizada el alcance de la protección, teniendo en cuenta la especial situación de vulnerabilidad de estas huérfanas y huérfanos, que sufren la pérdida de ambos referentes parentales, con el consiguiente impacto psicológico y emocional.

Informes y documentación de apoyo para huérfanos APHGC

El Gabinete de Orientación, Apoyo y Seguimiento (GOASH) emitirá un informe técnico sobre las circunstancias concretas de cada huérfano o huérfana, así como sobre la conveniencia de las medidas y prestaciones propuestas, sirviendo dicho informe como base para la adopción de decisiones por parte de los órganos de gobierno de la APHGC.

Documentos y enlaces de interés