Las iniciativas sociales forman parte de nuestro día a día y son una forma real de demostrar compromiso con los demás, especialmente con quienes más lo necesitan. El voluntariado y la cooperación al desarrollo son experiencias transformadoras que no solo ayudan a otras personas, sino que también te hacen crecer, aprender y vivir algo diferente. Por eso, la APHGC lanza su programa de ayudas económicas dirigido a jóvenes de entre 18 y 29 años, para impulsar tu participación en actividades y proyectos de solidaridad y voluntariado que se desarrollen durante 2026 (a partir del 1 de junio) en cualquier lugar. Si tienes ganas de implicarte y marcar la diferencia, esta es tu oportunidad: 

BENEFICIARIOS

Huérfanos de socios de la APHGC que tengan entre 18 y 29 años durante la realización del programa de voluntariado.

PLAZO

Desde la publicación de la convocatoria hasta el 16 de agosto de 2026.

CUANTÍA

El importe de cada ayuda será variable en función de los costes que la actividad tenga para el solicitante. No podrá superar los 2.500 euros.

CARACTERÍSTICAS

Se entienden por actividades y programas de Solidaridad y Voluntariado  actividades de carácter voluntario y desinteresado, organizadas por entidades e instituciones públicas o privadas en el marco de sus programas propios de acción social que:

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¿Cómo solicitar?

El beneficiario debe leer toda la información recogida en la Convocatoria. Después, descarga y rellena el formulario de inscripción (informe del proyecto/actividad).

Envía a registro@aphgc.es la siguiente documentación:

El plazo para el envío inicia desde la fecha de la publicación de la convocatoria hasta el 16 de agosto de 2026. 

La resolución adoptada respecto de cada solicitud se notificará mediante correo electrónico La concesión de la ayuda quedará condicionada a la aceptación expresa de la ayuda concedida en forma y plazo expresado en dicha notificación.

Podrán pedir estas ayudas, beneficiarios de la APHGC que tengan entre 18 y 29 años durante la realización del programa de voluntariado. 

 Sin embargo, no podrán solicitarla si han obtenido ingresos brutos superiores al doble del salario mínimo interprofesional para el año 2024, en cómputo anual. 

La concesión de esta ayuda es incompatible con las ayudas que otorga la APHGC para Proyectos de Desarrollo Formativo Personal (PDFP). 

El beneficiario de la ayuda quedará obligado a realizar la actividad para la que se le concedió la ayuda. Además, tendrá que informar a la Asociación de la obtención de becas o ayudas que reciba de personas o entidades, públicas o privadas, con expresión, en todo caso, de la cuantía de aquellas.  

Se procederá al reintegro de las cantidades percibidas si incumple estas obligaciones. 

El pago de las ayudas se hará mediante anticipo del 50% del importe.  

El pago restante se realizará a la recepción de la justificación de la ayuda adjudicada, que se realizará mediante la aportación de los siguientes documentos:  

  1. Memoria del proyecto/actividad
  2. Facturas o recibos originales 

Consulta todos los detalles en la convocatoria.

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