Con la finalidad de facilitar la formación de los huérfanos y favorecer su incorporación al mercado laboral, la Asociación pone a su disposición un programa de becas para los que cursen estudios de Educación Superior del Sistema Educativo Español, regulado en el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, dentro del Marco Español de Cualificación para la Enseñanza Superior (MECES).
Esta es una ayuda que se extiende más allá de la edad de protección general de los huérfanos, hasta alcanzar los 30 años.
En las vigentes Normas sobre Socios, Beneficios y Prestaciones de la Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil, en su apartado 2.1.1 se definen las condiciones necesarias para tener la consideración de huérfano protegido de esta Asociación; y en el apartado 5 de las citadas Normas se regula, de forma general, la concesión de las Becas de estudios para Educación Superior, constando los REQUISITOS, LIMITACIONES Y CUANTÍAS de dichas Becas.
Igualmente en dichas Normas se ordena la publicación anual de una Convocatoria donde se regule el procedimiento y plazo de solicitud, así como la documentación a aportar por el solicitante.
Anualmente se publicará la convocatoria de estas becas en la que se regulará:
- Procedimiento y plazos de solicitud.
- Documentación a aportar.
Para poder optar a la concesión de una de las Becas de Estudios los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ser huérfano de socio de la Asociación, menor de 30 años a fecha 1 de septiembre del año en que inicia el curso para el que solicita la beca.
- Estar matriculado, en centro público o privado, en alguno de los siguientes estudios:
- Estudios universitarios, en cualquiera de sus niveles de Grado, Máster o Doctorado.
- Estudios artísticos superiores.
- Ciclos Formativos de Grado Superior, en sus diversas modalidades.
- Salvo en el primer curso para el que se concede la beca, haber superado en el curso anterior:
- 48 créditos con carácter general.
- 42 créditos para el caso de grados en ingenierías, arquitectura y medicina.
- El curso completo en los Ciclos Formativos de Grado Superior.
La Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil, previa petición razonada del huérfano, podrá conceder becas de estudios cuando, sin reunir alguno de los requisitos exigidos, o se dé alguna de las limitaciones previstas, concurran circunstancias excepcionales (personales, académicas o de otro tipo). Esta concesión tiene que ser valorada y aprobada por el Consejo de Gobierno y Administración de la Asociación.
Para la obtención de una Beca se tendrán en consideración las siguientes limitaciones:
- No se podrá solicitar más de una beca para el mismo curso académico.
- No se concederá la beca para un Grado distinto al que se le hubiera concedido la primera vez, salvo que el cambio de Grado se hubiera producido antes del inicio del segundo curso del Grado en que se matriculó en primera instancia. El mismo criterio se seguirá respecto de los Ciclos Formativos de Grado Superior.
- Para obtener la beca en el cambio de estudios, al que se hace referencia en el párrafo anterior será necesario cumplir, en el grado o ciclo formativo en que se matriculó en primera instancia, el requisito de rendimiento establecido en el apartado c) de “Requisitos”.
- En la Enseñanza Universitaria no se concederá una segunda beca para nuevos estudios de nivel igual o inferior al que ya posee (grado, máster o doctorado).
- Las becas para Doctorado sólo se podrán conceder por un máximo de tres años y las de Máster por la duración del mismo.
- Para la justificar la superación de los créditos del apartado “Requisitos”, no se tendrán en cuenta los obtenidos por convalidación de otros estudios.
Una vez finalizada la Formación Profesional de Grado Superior el huérfano podrá solicitar, con carácter excepcional y por una sola vez, una segunda beca para otro Ciclo Formativo de Grado Superior, distinto del que ya posee, debiendo en la petición justificar las causas y conveniencia que motivan el cursar un nuevo Ciclo Formativo.
También, finalizada la Formación Profesional de Grado Superior, el huérfano podrá solicitar una beca para un Grado Universitario, excepto que ya hubiese solicitado una beca para un segundo Ciclo Formativo de Grado Superior.
Las cuantías de las becas se estructurarán en dos niveles, el superior para los que cursen Estudios Universitarios o Estudios Artísticos Superiores, y el inferior para los que cursen Ciclos Formativos de Grado Superior.