Los Proyectos de Desarrollo Formativo Personal (PDFP) tienen el objetivo de ayudar a la inserción laboral de los estudiantes a través de estudios no contemplados en el Sistema Educativo General, la preparación de oposiciones o las prácticas, entre otros.

Esta es una ayuda que puede extenderse más allá de la edad de protección general de los huérfanos, hasta alcanzar los 30 años, siempre que así lo solicite el huérfano en su proyecto y este sea aprobado en la Junta de Evaluación.

Anualmente se publicará la Convocatoria de estas ayudas.

Únicamente se concederá un Proyecto de Desarrollo Formativo Personal (PDFP) por convocatoria; excepto, cuando uno de los Proyectos presentados sea exclusivo para la mejora de los conocimientos de idiomas.

En la ayuda, cuya cuantía no podrá ser superior a 6.000 € año/curso (consultar convocatoria), se podrá incluir alguno/os de los siguientes conceptos:

ENSEÑANZA

  1. Temario y/o material didáctico facilitado por la academia o centro de estudios.
  2. Matrícula y clases preparatorias en la academia o centro de estudios
  3. Clases con preparador de oposiciones.
  4. Gastos de gimnasio y preparador físico para aquellas oposiciones que requieran pruebas físicas.

No podrán formar parte de la ayuda peticionada, materiales de aprendizaje como: ordenadores, impresoras, instrumentos musicales, etc. Tampoco pueden incluirse vestuario específico (uniformidad profesional), ni ropa deportiva.

CURSOS DE IDIOMAS

Tanto el curso de idiomas en España como el de Inmersión Lingüística en el Extranjero, podrán ser compatibles con otro Proyecto de Enseñanza.

Para solicitar las Ayudas de Inmersión Lingüística, se tendrá en cuenta que la duración de dicha inmersión tendrá que ser igual o superior a 3 semanas.

La cantidad de esta Ayuda se graduará en función de la duración del curso.

TRANSPORTE

  1. Desplazamientos urbanos e interurbanos para asistencia a clases:
    • Los desplazamientos urbanos para asistencia a clase no percibirán Ayuda de transporte.
    • Los desplazamientos interurbanos contarán con una cantidad fija al mes.
  2. En los desplazamientos desde la residencia del solicitante al lugar donde sean convocados para la realización de los exámenes u otras pruebas, se concederá una cantidad en la que puede incluirse, hasta el límite aprobado, gastos correspondientes al transporte, alojamiento y manutención que dicho desplazamiento origine.
  3. En el caso de los cursos de inmersión lingüística, si el traslado no estuviera incluido en el paquete contratado, se podrá solicitar un viaje de ida/vuelta en clase turista, cuya cuantía será valorada dependiendo del país y continente de realización de la inmersión.

ALOJAMIENTO Y MANUTENCIÓN

  1. Alojamiento en residencias o pisos, se concederá una cantidad mensual para tal concepto.
  2. Gastos por realización de comidas en establecimientos de hostelería, en el caso de solicitar únicamente la manutención, será evaluada convenientemente la necesidad de la misma, abonando una cantidad fija diaria con justificación.

Si existiesen plazas disponibles en la Residencia Universitaria “Duque de Ahumada” (RUDA), no se concederán ayudas por alojamiento y manutención a aquellos solicitantes que desarrollen el Proyecto en Madrid u otras poblaciones cercanas, si bien se podrá conceder la ayuda tras valorar, la Junta de Evaluación, la distancia y comunicabilidad desde el lugar de realización del Proyecto hasta la RUDA o el lugar de alojamiento propuesto.