La Residencia de Mayores “Virgen de la Cabeza” tiene como objetivo proporcionar a los asociados, sus cónyuges o parejas de hecho legalmente reconocidas y sus viudos/as un alojamiento de convivencia que preste una función sustitutoria del hogar familiar, donde se dé una atención integral, acorde al grado de dependencia.

Situada en el Paseo de la Alameda núm. 8 de Guadarrama (Madrid), esta residencia mixta tiene una capacidad de 170 plazas distribuidas en habitaciones individuales y dobles, tanto para personal asistido como para no asistido.

Las normas para la solicitud y el ingreso en la Residencia de Mayores “Virgen de la Cabeza” de Guadarrama (Madrid), dependiente de la Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil (APHGC), han sido publicadas en el BOGC núm. 47, de fecha 8 de noviembre de 2022.

Podrán acceder a la Residencia de Mayores “Virgen de la Cabeza” y a la red de la Entidad Colaboradora en las plazas reservadas a la APHGC las personas que hayan cumplido 65 años y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Reúnan la condición de socios de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la APHGC y el apartado 1.2 de las Normas sobre Socios, Beneficios y Prestaciones.
  2. Sean cónyuge o “pareja de hecho” del socio.
  3. Sean viuda o viudo del socio siempre que no hubieran contraído nuevas nupcias o hubieran constituido una nueva “pareja de hecho”.

La referencia que se hace a la condición de socio en los puntos 2 y 3 lo será en los mismos términos a los que se refiere el punto 1.

Todas las referencias que en  las Normas se hacen a la condición de pareja de hecho se entenderán y acreditarán de acuerdo con lo establecido en el último párrafo del artículo 38.4 del RD Legislativo 670/87, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.

Beneficiarios

Podrán acogerse a los beneficios económicos recogidos en el apartado 12 de las Normas para la Residencia de Mayores “Virgen de la Cabeza” y a los que se determinen para la Red de residencias de la Entidad Colaboradora los Residentes comprendidos En el apartado anterior que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Tengan un Grado III de dependencia.
  • Tengan un Grado I o II de dependencia y hayan cumplido 75 años.
  • Tengan cumplidos 80 años.

Las edades anteriores se entenderán referidas a la fecha de solicitud del ingreso.

No obstante, mediante solicitud motivada al Consejo de Gobierno y Administración, éste podrá reconocer de forma excepcional, el acceso a la condición de beneficiario, sin reunir alguno de los requisitos anteriores.

En virtud de lo dispuesto en el apartado 13 de las Normas sobre Socios, Beneficios y Prestaciones,  los socios de la Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil, sus cónyuges/parejas de hecho o sus viudos/as, usuarios de las residencias o de los servicios que ofrece la red SANITAS MAYORES, podrán acogerse a un descuento corporativo que ofrece  dicha entidad.

 

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Teléfono de información: 91 344 12 27 Ext. 3251, 3252, 3253

Correo electrónico: residencia.guadarrama@aphgc.es